Pronunciamientos técnicos en materia de aguas subterráneas

¿En qué consiste el proceso?

Resumen del proceso

Pronunciamientos técnicos en materia de aguas subterráneas  y Certificaciones, de conformidad con las facultades y competencias concedidas al SENARA por la Ley Nº 6877. 

El pronunciamiento técnico de la institución, por medio de Dictamenes Generales y Dictamenes Detallados, acerca de las condiciones hidrogeológicas de un lugar y/o el análisis de vulnerabilidad, amenaza y peligro de contaminación de los proyectos productivos o constructivos a ejecutar por las entidades públicas, privadas o particulares que requieren realizar trámites ante otra Institución Pública o por un interés específico del solicitante.

La certificación corresponde a un documento con  información  técnica  hidrogeológica  existente  en  los archivos y bases de datos de la DIGH, el cual constata la veracidad de la información por medio de la firma del Director.

La prestación de servicios a cargo de la DIGH, se hará bajo los principios fundamentales de espíritu de servicio, mejora continua, objetividad, igualdad, eficiencia, integridad, trabajo en equipo, transparencia y servicio al costo. En la elaboración de documentos técnicos el SENARA actuará sometido a las normas legales de la ciencia y de la técnica que regulan la actividad que corresponda.

Para  mayor información de los trámites que se brindan consultar en el siguiente  enlace:   http://senara.go.cr/proyectos/aguassubterraneas/Tramites.aspx

Institución

Servicio Nacional de Aguas Subterráneas Riego y Avenamiento

Requisitos

La lista  de requisitos de los trámites que se brindan, así como, los procedimientos y  términos de referencia para los estudios hidrogeológicos (en caso que  aplique) se pueden consultar aquí

Plazo legal para revisar el trámite

30 días hábiles

Documentos de interés

Soporte Técnico

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